En la mañana de hoy 17 de julio se ha recibido por parte del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, la desestimación al recurso interpuesto por ASOCIACIÓN BANDA DE MÚSICA DE HARO que se suma al ya recibido en su día también desestimatorio al recurso presentado por D. ALBERTO OLARTE.
En la argumentación esgrimida por el tribunal en el recurso de la Asociación Banda de Música de Haro, ha declarado que "no se aprecia la concurrencia de mala fe o temeridad en la interposición del recurso, por lo que no procede la imposición de la sanción prevista en el artículo 58 de la LCSP"
Esta resolución pone fin a la vía administrativa y supone la acreditación de la correcta tramitación del expediente público abierto (se podían presentar cuantas entidades así lo considerasen oportuno) denominado, PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS CULTURALES Y ARTÍSTICOS QUE TIENEN POR OBJETO EL SERVICIO DENOMINADO BANDA MUNICIPAL DE MÚSICA DE HARO.
Desde el Equipo de Gobierno del Ayuntamiento de Haro, se indica que una vez recibida esta comunicación se continuará con la normal tramitación del expediente para restablecer la Banda Municipal de Música de Haro.