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Adoptado por este Ayuntamiento en sesión Plenaria de fecha 22 de Mayo de 2.003 el acuerdo provisional de imposición y de ordenación de una Contribución Especial para la financiación parcial de las obras de "Reparaciones de caminos rurales varios en el término municipal de Haro".
No habiéndose presentado reclamaciones contra el antedicho acuerdo provisional y la Ordenanza Fiscal reguladora de la Contribución Especial durante el plazo de treinta días de exposición al público del expediente, efectuada mediante anuncio fijado en el Boletín Oficial de La Rioja nº 68, de fecha 31 de mayo de 2.003, queda definitivamente adoptado el acuerdo de imposición y ordenación así como la Ordenanza Fiscal de
referencia, de conformidad con el artículo 17.3 de la Ley 39/88, Reguladora de las Haciendas Locales.
En cumplimiento del artículo 17.4 de la Ley 39/88, de 28 de Diciembre, para los recursos previstos en el artículo 17.1, a continuación se inserta el texto íntegro del acuerdo y de la citada Ordenanza, elevados ya a definitivos, a todos los efectos legales y especialmente el de su entrada en vigor.
Contra el presente acuerdo y la Ordenanza antedicha podrá interponerse, de conformidad con el artículo 19 de la Ley 39/88, de 28 de Diciembre, recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la presente publicación en el Boletín Oficial de La Rioja, en forma y plazos que establecen las normas reguladoras de dicha jurisdicción. En Haro, a 9 de Julio de 2.003
LA ALCALDESA
Fdo.: LYDIA ROJAS AGUILLO
ACUERDO:
ACUERDO DE IMPOSICIÓN Y ORDENACIÓN DE CONTRIBUCIÓN ESPECIAL PARA LA FINANCIACIÓN DE LAS OBRAS DE REPARACIONES DE CAMINOS RURALES VARIOS EN EL TERMINO MUNICIPAL DE HARO.
Dada cuenta del expediente tramitado a instancia de este Excmo. Ayuntamiento para proceder a la imposición y ordenación de una Contribución Especial para la financiación parcial de las obras de "Reparaciones de caminos rurales varios en el término municipal de Haro", y el "Anexo a la Memoria valorada para mejora y reparación de caminos rurales", redactados por el Gabinete Técnico del Ingeniero Agrónomo, D. Jesús Ilarraza Ramírez, por encargo de este Ayuntamiento, así como el acuerdo adoptado en Comisión Municipal de Gobierno en sesión celebrada a fecha 7 de enero de 2.003 de modificación del acuerdo de aprobación del antedicho Proyecto adoptado en sesión celebrada a 25 de noviembre de 2.002, con un presupuesto general de contrata de 105.007 euros.
Vistas las disposiciones contenidas en los artículos 15.1 y 34 de la Ley 39/88, de 28 de Diciembre, reguladora de las Haciendas Locales.
Vistos los Informes del Arquitecto, de la Secretaria y del Interventor Accidental de la Corporación.
Visto el Dictamen de la Comisión Municipal Informativa de Hacienda y Patrimonio.
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