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Actualidad| Omic | GARANTÍAS EN LA VENTA DE BIENES DE CONSUMO. |
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¿PLAZO PARA RECLAMAR? |
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El consumidor deberá informar y reclamar al vendedor en el plazo de 2 meses desde que conozca la no conformidad.
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BIENES DE NATURALEZA DURADERA |
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En relación con los bienes de naturaleza duradera, la garantía comercial y los derechos que esta ley concede se formalizarán siempre por escrito. |
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GARANTÍA COMERCIAL |
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La garantía comercial que pueda ofrecerse adicionalmente obligará a quien figure como garante en las condiciones establecidas en el documento de garantía y en la correspondiente publicidad.
La garantía comercial tendrá en todo caso el contenido mínimo que exige la ley a petición del consumidor deberá formalizarse al menos en castellano, por escrito o en cualquier otro soporte duradero.
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¿DÓNDE INFORMARSE? |
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Podrá encontrar más información sobre el contenido de la ley y sobre el procedimiento para presentar una reclamación relacionada con la garantía de bienes de consumo dirigiéndose a:
- Asociaciones de consumidores y usuarios.
- Servicios de Consumo de su Comunidad Autónoma.
- Oficinas Municipales de Información al Consumidor de su Ayuntamiento.
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