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EMPADRONA DOS
EN HARO |
NO
EMPADRONA DOS EN HARO |
| Abono
temporada clase A |
75 euros |
90 euros |
| Por
cada hijo menor de 17 años,
a partir del primero |
7 euros |
7 euros |
| Abono
temporada clase B |
31 euros |
42 euros |
| Abono
temporada clase C |
46 euros |
57 euros |
| Abono
temporada clase D |
31 euros |
42 euros |
| Abono
por un mes clase A |
46 euros |
62 euros |
| Por
cada hijo menor de 17 años,
a partir del primero |
5 euros |
5 euros |
| Abono
por un mes clase B |
20 euros |
27 euros |
| Abono
por un mes clase C |
27 euros |
38 euros |
| Abono
por un mes clase D |
20 euros |
27 euros |
| Entradas,
al día, clases B y D. |
2,40 euros |
2,40 euros |
| Entradas,
al día, clase C |
3,60 euros |
3,60 euros |
Artículo 6E.- EXENCIONES
No podrán reconocerse otros beneficios fiscales en los tributos locales que los expresamente previstos en las normas con rango de Ley o los derivados de la aplicación de Tratados Internacionales.
Artículo 7º.- DEVENGO
Se devenga la Tasa y nace la obligación de contribuir desde el momento de la entrada al recinto, o desde el momento en que se expida el abono de temporada.
Artículo 8º.- DECLARACIÓN Y PAGO
El cobro de las cuotas se efectuará en la entrada al recinto de las Piscinas Municipales.
Artículo 9º.- INFRACCIONES Y SANCIONES
En todo lo relativo a la calificación de infracciones tributarias, así como de las sanciones que a las mismas correspondan en cada caso, se estará a lo dispuesto en los artículos 11 de la Ley 39/88 y 77 y siguientes de la Ley General Tributaria.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente Ordenanza entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja, y comenzará a aplicarse a partir del día 1 de Enero de 1999, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresas.
DILIGENCIA.- Para hacer constar que la modificación de la presente Ordenanza Fiscal fue aprobada inicialmente por el Ayuntamiento Pleno en sesión de 23 de Abril de 2002, y el anuncio de aprobación definitiva publicado en el Boletín Oficial de La Rioja nE 74 de fecha 18 de Junio de 2002, por lo que entró en vigor el día 19 de Junio de 2002.
En Haro, a 3 de Julio de 2002, LA SECRETARIA,
Fdo.: Mª JOSÉ IRAZUSTABARRENA IRASTORZA
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